Numeral 27. Índice de la información debidamente clasificada de acuerdo a la Ley de Acceso a la Información Pública.

Información Confidencial 2024

ARTICULO 22. Información confidencial.

Para los efectos de esta ley se considera información confidencial la siguiente:

1. La expresamente definida en el artículo veinticuatro de la Constitución Política de la República de Guatemala;

2. La expresamente definida como confidencial en la Ley de Bancos y Grupos Financieros;

3. La información calificada como secreto profesional;

4. La que por disposición expresa de una ley sea considerada como confidencial;

5. Los datos sensibles o personales sensibles, que solo podrán ser conocidos por el titular del derecho;

6. La información de particulares recibida por el sujeto obligado bajo garantía de confidencia.

El fundamento de la clasificación de confidencial se hará del conocimiento del particular al resolver, en sentido negativo o acceso parcial, alguna solicitud de información, permitiendo el acceso a las partes de la información que no fueren consideradas como confidencial.

Información reservada 2024

ARTICULO 23. Información reservada.

Para los efectos de esta ley se considera información reservada la siguiente:

1. La información relacionada con asuntos militares clasificados como de seguridad nacional;

2. La información relacionada a asuntos diplomáticos, clasificados como de seguridad nacional;

3. La información relacionada con la propiedad intelectual, propiedad industrial, patentes o marcas en poder de las autoridades; se estará a lo dispuesto por los convenios o tratados internacionales ratificados por la República de Guatemala y demás leyes de la materia;

4. Cuando la información que se difunda pueda causar un serio perjuicio o daño a las actividades de investigación, prevención o persecución de los delitos, la relacionada a los procesos de inteligencia del Estado o a la impartición de justicia;

5. los expedientes judiciales en tanto no hayan causado ejecutoria, de conformidad con las leyes especiales;

6. la información cuya difusión antes de adoptarse la medida, decisión o resolución de que se trate pueda dañar la estabilidad económica, financiera o monetaria del país, así como aquella que guarde relación con aspectos de vigilancia e inspección por parte de la Superintendencia de Bancos;

7. La información definida como reservada en la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia;

8. Los análisis proporcionados al Presidente de la República orientados a proveer la defensa y la seguridad de la nación así como la conservación del orden público. El derecho a acceder a la información pública en que se hubiese basado el análisis podrá ejercerse ante los órganos o entidades que la tengan en su poder;

9. La que sea determinada como reservada por efecto de otra ley.

Información en derechos humanos 2024

ARTICULO 24. Información en derechos humanos.

En ningún caso podrá clasificarse como confidencial o reservada la información relativa a investigaciones de violaciones a los derechos humanos fundamentales o a delitos de lesa humanidad.

Clasificación de la Información 2024

ARTICULO 25. Clasificación de la información.

La clasificación de información reservada se hará mediante resolución de la máxima autoridad del sujeto obligado la que debe ser publicada en el Diario Oficial y debe indicar lo siguiente:

1. La fuente de la información;

2. El fundamento por el cual se clasifica;

3. Las partes de los documentos que se reservan;

4. El plazo de reserva que no será mayor de siete años; y,

5. El nombre de la autoridad responsable de su conservación.

Son nulas aquellas resoluciones que clasifiquen la información como confidencial o reservada si estas no llenan los requisitos establecidos en la presente ley. Será procedente el recurso de revisión.

Información solicitada con orden judicial 2024

ARTICULO 29. Orden judicial.

La información clasificada como reservada o confidencial debe ser puesta a disposición de las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia cuando así lo solicitaren, mediante orden judicial, siempre que ésta sea indispensable y necesaria en un proceso judicial.

ARTÍCULO 11

Numeral 1: El ejercicio de su presupuesto asignado por ministerio, viceministerio, direcciones generales e instituciones descentralizadas

Numeral 2: El listado de asesores, con sus respectivas remuneraciones de cada una de las instituciones mencionadas en el numeral anterior

Numeral 3: El informe de los gastos y viáticos de las delegaciones de cada institución al exterior del país, así como el destino, objetivos y logros alcanzados

ARTÍCULO 10

Numeral 1: Estructura orgánica y funciones de cada una de las dependencias y departamentos, incluyendo su marco normativo.

Numeral 2: Dirección y teléfonos de la entidad y de todas las dependencias que la conforman

Numeral 3: Directorio de empleados y servidores públicos, incluyendo números de teléfono y direcciones de correo electrónico oficiales no privados; quedan exentos de esta obligación los sujetos obligados cuando se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la investigación criminal e inteligencia del Estado

Numeral 4: Número y nombre de funcionarios, servidores públicos, empleados y asesores que laboran en el sujeto obligado y todas sus dependencias, incluyendo salarios que corresponden a cada cargo, horarios, dietas, bonos, viáticos o cualquier otra remuneración económica que perciban por cualquier concepto. Quedan exentos de esta obligación los sujetos obligados cuando se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la investigación criminal e inteligencia del Estado

Numeral 5: La misión y objetivos de la institución, su plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento de los mismos

Numeral 6: Manuales de procedimientos, tanto administrativos como operativos

Numeral 7: La información sobre el presupuesto de ingresos y egresos asignado para cada ejercicio fiscal; los programas cuya elaboración y/o ejecución se encuentren a su cargo y todas las modificaciones que se realicen al mismo, incluyendo transferencias internas y externas

Numeral 8: Los informes mensuales de ejecución presupuestaria de todos los renglones y de todas las unidades, tanto operativas como administrativas de a entidad

Numeral 9: La información detallada sobre los depósitos constituidos con fondos públicos provenientes de ingresos ordinarios, extraordinarios, impuestos, fondos privativos, empréstitos y donaciones

Numeral 10: La información relacionada con los procesos de cotización y licitación para la adquisición de bienes que son utilizados para los programas de educación, salud, seguridad, desarrollo rural y todos aquellos que tienen dentro de sus características la entrega de dichos bienes a beneficiarios directos o indirectos, indicando las cantidades, precios unitarios, los montos, los renglones presupuestarios correspondientes, las características de los proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el contenido de los contratos

Numeral 11: La información sobre contrataciones de todos los bienes y servicios que son utilizados por los sujetos obligados, identificando los montos, precios unitarios, costos, los renglones presupuestarios correspondientes, las características de los proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el contenido de los contratos

Numeral 12: Listado de viajes nacionales e internacionales autorizados por los sujetos obligados y que son financiados con fondos públicos, ya sea para funcionarios públicos o para cualquier otra persona, incluyendo objetivos de los viajes, personal autorizado para viajar, destino y costos, tanto de boletos aéreos como de viáticos

Numeral 13: La información relacionada al inventario de bienes muebles e inmuebles con que cuenta cada uno de los sujetos obligados por la presente ley para el cumplimento de sus atribuciones

Numeral 14: Información sobre los contratos de mantenimiento de equipo, vehículos, inmuebles, plantas e instalaciones de todos los sujetos obligados, incluyendo monto y plazo del contrato e información del proveedor

Numeral 15: Los montos asignados, los criterios de acceso y los padrones de beneficiarios de los programas de subsidios, becas o transferencias otorgadas con fondos públicos

Numeral 16: La información relacionada a los contratos, licencias o concesiones para el usufructo o explotación de bienes del Estado

Numeral 17: Los listados de las empresas precalificadas para la ejecución de obras públicas, de venta de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza, incluyendo la información relacionada a la razón social, capital autorizado y la información que corresponda al renglón para el que fueron precalificadas

Numeral 18: El listado de las obras en ejecución o ejecutadas total o parcialmente con fondos públicos, o con recursos provenientes de préstamos otorgados a cualquiera de las entidades del Estado, indicando la ubicación exacta, el costo total de la obra, la fuente de financiamiento, el tiempo de ejecución, beneficiarios, empresa o entidad ejecutora, nombre del funcionario responsable de la obra, contenido y especificaciones del contrato correspondiente

Numeral 19: Los contratos de arrendamiento de inmuebles, equipo, maquinaria o cualquier otro bien o servicio, especificando las características de los mismos, motivos del arrendamiento, datos generales del arrendatario, monto y plazo de los contratos

Numeral 20: Información sobre todas las contrataciones que se realicen a través de los procesos de cotización y licitación y sus contratos respectivos, identificando el número de operación correspondiente a los sistemas electrónicos de registro de contrataciones de bienes o servicios, de fecha de adjudicación, nombre del proveedor, monto adjudicado, plazo del contrato y fecha de aprobación del contrato respectivo

Numeral 21: Destino total del ejercicio de los recursos de los fideicomisos constituido con fondos públicos, incluyendo la información relacionada a las cotizaciones o licitaciones realizadas para la ejecución de dichos recursos y gastos administrativos del fideicomiso

Numeral 22: El listado de las compras directas realizadas por las dependencias de los sujetos obligados

Numeral 23: Los informes finales de las auditorías gubernamentales o privadas practicadas a los sujetos obligados, conforme a los períodos de revisión correspondientes

Numeral 24: En caso de la entidades públicas o privadas de carácter internacional, que manejen o administren fondos públicos deberán hacer pública la información obligatoria contenida en los numerales anteriores, relacionadas únicamente a las compras y contrataciones que realicen con dichos fondos

Numeral 25: En caso de las entidades no gubernamentales o de carácter privado que manejen o administren fondos públicos deben hacer pública la información obligatoria contenida en los numerales anteriores, relacionada únicamente a las compras y contrataciones que realicen con dichos fondos

Numeral 26: Los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados deberán publicar, por lo menos una vez al año, y a través del Diario de Centro América, un informe sobre; el funcionamiento y finalidad del archivo, sus sistemas de registro y categorías de información, los procedimientos y finalidades de acceso al archivo

Numeral 27: El índice de la información debidamente clasificada de acuerdo a esta ley

Numeral 28: Las entidades o instituciones del Estado deberán mantener informe actualizado sobre los datos relacionados con la pertenencia sociolingüística de los usuarios de sus servicios, a efecto de adecuar la prestación de los mismos

Numeral 29: Cualquier otra información que sea de utilidad o relevancia para cumplir con los fines y objetivos de la presente ley

Artículo 11, numeral 3. Listado de viáticos al exterior

DOCUMENTOS EN PDFDOCUMENTOS EDITABLES

Viáticos al exterior 2024

Abril 2024 PDFAbril 2024 Editable
Marzo 2024 PDFMarzo 2024 Editable
Febrero 2024 PDFFebrero 2024 Editable
Enero 2024 PDFEnero 2024 Editable

Viáticos al exterior 2023

Nota: Los reportes mensuales de enero a junio 2023, incluye viáticos tanto al interior como al exterior.

Viajes nacionales diciembre 2023 PDFViajes nacionales diciembre 2023 Editable
Viajes internacionales diciembre 2023 PDFViajes internacionales diciembre 2023 Editable
Viajes nacionales noviembre 2023 PDFViajes nacionales noviembre 2023 Editable
Viajes internacionales noviembre 2023 PDFViajes internacionales noviembre 2023 Editable
Viajes nacionales octubre 2023 PDFViajes nacionales octubre 2023 Editable
Viajes internacionales octubre 2023 PDFViajes internacionales octubre 2023 Editable
Viajes nacionales septiembre 2023 PDFViajes nacionales septiembre 2023 Editable
Viajes internacionales septiembre 2023 PDFViajes internacionales septiembre 2023 Editable
Viajes nacionales agosto 2023 PDFViajes nacionales agosto 2023 Editable
Viajes internacionales agosto 2023 PDFViajes internacionales agosto 2023 Editable
Viajes nacionales julio 2023 PDFViajes nacionales julio 2023 Editable
Viajes internacionales julio 2023 PDFViajes internacionales julio 2023 Editable
Junio 2023 PDFJunio 2023 Editable
Mayo 2023 PDFMayo 2023 Editable
Abril 2023 PDFAbril 2023 Editable
Marzo 2023 PDFMarzo 2023 Editable
Febrero 2023 PDFFebrero 2023 Editable
Enero 2023 PDFEnero 2023 Editable

Viáticos al exterior 2022

Nota: Los reportes mensuales incluyen viáticos tanto al interior como al exterior.

Diciembre 2022 PDFDiciembre 2022 Editable
Noviembre 2022 PDFNoviembre 2022 Editable
Octubre 2022 PDFOctubre 2022 Editable
Septiembre 2022 PDFSeptiembre 2022 Editable
Agosto 2022 PDFAgosto 2022 Editable
Julio 2022 PDFJulio 2022 Editable
Junio 2022 PDFJunio 2022 Editable
Mayo 2022 PDFMayo 2022 Editable
Abril 2022 PDFAbril 2022 Editable
Marzo 2022 PDFMarzo 2022 Editable
Febrero 2022 PDFFebrero 2022 Editable
Enero 2022 PDFEnero 2022 Editable

Viáticos al exterior 2021

Diciembre 2021 PDFDiciembre 2021
Noviembre 2021 PDFNoviembre 2021
Octubre 2021 PDFOctubre 2021
Septiembre 2021 PDFSeptiembre 2021
Agosto 2021 PDFAgosto 2021
Julio 2021 PDFJulio 2021
Junio 2021 PDFJunio 2021
Mayo 2021 PDFMayo 2021
Abril 2021 PDFAbril 2021
Marzo 2021 PDFMarzo 2021
Febrero 2021 PDFFebrero 2021
Enero 2021 PDFEnero 2021

Viáticos al exterior 2020

Agosto 2020Agosto 2020
Septiembre 2020Septiembre 2020
Octubre 2020Octubre 2020
Noviembre 2020Noviembre 2020
Diciembre 2020Diciembre 2020

INFORMACIÓN PASAPORTES

PASAPORTES

¿Qué hacer para renovación o reposición de pasaporte?

Se debe presentar el pasaporte anterior. En caso de no contar físicamente con el pasaporte que ya se venció por motivo de robo, hurto o extravío o para reposición de pasaporte, se deberá adjuntar a los documentos probatorios denuncia presentada ante Policía Nacional Civil o Ministerio Público.

En caso el pasaporte anterior se encuentre deteriorado, además del pasaporte deteriorado se deberá presentar carta dirigida al Instituto Guatemalteco de Migración indicando los motivos del deterioro.

a

¿Cómo tramito mi pasaporte y cuándo me lo entregan?

1.Realizar el pago en cualquier agencia Banrural (de USD 50.00);

2. Ingresar al portal de citas en línea https://servicios.igm.gob.gt/citasenlinea/, llenar todos los datos que se requiere;

3. El día y hora de su cita deberá estar por lo menos 10 minutos antes para revisión de papelería (presentarse con requisitos completos), si la misma está correcta se le ingresará y asignará módulo para captura de datos;

4. Posterior a la captura de datos, se le remitirá a ventanilla de autorización;

5. Si realiza el tramite en el Centro de Emisión de Pasaportes de la zona 4 capitalina, el documento se entrega en el momento, si lo tramita en nuestros Centros de Emisión de Pasaportes ubicados en Chiquimula, Quetzaltenango o Petén se entregan en 3 días hábiles.

a

¿Si soy extranjero y tengo un hijo guatemalteco, que necesito para tramitar el pasaporte?

Ingresa al menú principal, selecciona servicios, pasaportes y los requisitos, presiona el botón de requisitos para menores de edad y pon atención a los documentos a presentar.

a

¿Cuál es la vigencia de la boleta de pago?

La boleta de pago tiene vigencia de un año.

a

¿Cuál es la vigencia del pasaporte?

El pasaporte tiene vigencia de 5 años en caso de ser primer pasaporte o para menores de edad. El pasaporte con vigencia de 10 años aplica únicamente para mayores de edad en caso de renovación.

a

¿Cuándo debo renovar el pasaporte?

El pasaporte puede ser renovado en cualquier momento con cita previa.

a

¿Qué hacer si no tengo mi DPI?

Si nunca ha tenido DPI debe esperar a que RENAP le entregue el documento.

Debe solicitar la reposición o renovación de su DPI ante el Registro Nacional de las Personas -RENAP- y presentarse a solicitar su pasaporte cuando ya se lo hayan entregado.

a

¿Si alguno de los padres esta afuera de Guatemala, que necesito para tramitar el pasaporte?

Debe presentar una carta consular en donde se autorice la emisión del documento.

a

¿Qué necesito si mi DPI está quebrado o roto?

Debe solicitar la reposición o renovación de su DPI ante el Registro Nacional de las Personas -RENAP- y presentarse a solicitar su pasaporte cuando ya se lo hayan entregado.

a

¿Si tengo pasaporte vigente, pero acabo de cumplir 18 años debo tramitar uno nuevo?

No, puede utilizar el pasaporte hasta que pierda su vigencia.

a

¿Si mis huellas digitales no son legibles que puedo hacer?

Debe presentar un certificado médico, especificando el problema con las huellas digital.